Gastos deducibles para autónomos en 2026: lista, límites y requisitos

Actualizado: octubre de 2026

Los gastos deducibles autónomos son los que pagas para desarrollar tu actividad y que puedes restar de tus ingresos en el IRPF (y, en muchos casos, recuperar su IVA en el modelo 303). Para que cuenten tienen que cumplir tres condiciones: estar vinculados a la actividad, estar justificados con factura y estar anotados en tus libros registro. Algunos, como los suministros de casa, las comidas o el seguro de salud, tienen además límites concretos que fija la ley.

Abajo tienes los requisitos explicados sin jerga, una tabla con los gastos más habituales y sus límites oficiales en 2026, ejemplos con números y la diferencia que más lía: que un gasto sea deducible en el IRPF no significa que su IVA también lo sea.

Los tres requisitos para deducir un gasto

La Agencia Tributaria los resume en su manual práctico de la renta, y conviene tenerlos claros antes de guardar ni un solo ticket.

1. Vinculación con la actividad

El gasto tiene que estar relacionado con la obtención de tus ingresos. Un portátil para un diseñador, sí. Unas vacaciones, no. La clave es la afectación: el bien o servicio se usa para el negocio.

El problema viene con lo que usas a medias. El artículo 22 del Reglamento del IRPF dice que no se consideran afectos los bienes que se usan a la vez para la actividad y para necesidades privadas, salvo que el uso privado sea accesorio y notoriamente irrelevante. Esa regla es la que complica el coche, como verás más abajo.

2. Justificación con factura

El documento principal es la factura a tu nombre y con tu NIF. Un ticket de caja puede servir para probar que pagaste, pero es una prueba débil. Y la AEAT avisa de que la factura no es una prueba privilegiada: si Hacienda cuestiona con fundamento que el gasto sea de la actividad, tendrás que aportar algo más (un contrato, un correo con el cliente, un justificante del viaje).

Para el IVA el listón es más alto. El artículo 97 de la Ley del IVA solo admite como justificante la factura original. Si te dan una factura simplificada (el antiguo ticket), el Reglamento de facturación permite pedir que incluya tu NIF y domicilio y la cuota de IVA desglosada para poder deducirla.

3. Registro en los libros

El gasto tiene que estar anotado en tu libro registro de gastos (o en la contabilidad, si la llevas). Un programa de facturación que registre también las compras te hace esto casi solo: subes la factura y queda apuntada con su base, su IVA y su fecha.

Gastos deducibles autónomos: tabla con los límites de 2026

Esta tabla resume los gastos más habituales para un autónomo en estimación directa. La columna de IVA indica si, en principio, puedes recuperar el IVA soportado en el 303. Los límites salen de la Ley y el Reglamento del IRPF y de la Ley del IVA vigentes en octubre de 2026.

GastoIRPFIVALímite o condición
Cuota de autónomos (RETA)Sí, 100 %No lleva IVALa cuota pagada por la actividad
Suministros si trabajas en casaSí, parcialDiscutido30 % de la proporción de m² afectos
Comidas en desplazamientosSí, con topeSí, si son deducibles en IRPF26,67 €/día (España) o 48,08 € (extranjero); con pernocta, 53,34 € o 91,35 €. Pago electrónico
Seguro de saludSí, con topeExento de IVA500 € por persona (1.500 € con discapacidad)
Coche de turismoSolo si uso exclusivo50 % presuntoSalvo excepciones (agentes comerciales, transporte, autoescuela…)
Ordenador, móvil, mobiliarioSí, vía amortizaciónSí, en la parte afectaOrdenadores y software: hasta 26 % anual. Mobiliario: 10 %
Alquiler de local u oficinaSíSíUso exclusivo para la actividad
Teléfono e internet (línea propia del negocio)SíSíSi es de uso mixto, solo la parte afecta y bien justificada
FormaciónSíSí, si la llevaRelacionada con tu actividad
Gestoría, software, comisiones bancariasSíSí, si la llevaVinculados a la actividad
Seguros de la actividad (RC, local)SíExentos de IVAVinculados a la actividad
Atenciones a clientesSí, con topeNo1 % de la cifra de negocios
Gastos de difícil justificaciónSí (solo simplificada)No aplica5 % del rendimiento neto, máximo 2.000 €

Ahora, uno a uno, los que tienen letra pequeña.

Suministros si trabajas desde casa: la regla del 30 %

Si usas parte de tu vivienda habitual para trabajar, el artículo 30.2.5.ª de la Ley del IRPF te deja deducir agua, gas, electricidad, telefonía e internet de esa vivienda en un porcentaje concreto: el 30 % de la proporción de metros cuadrados destinados a la actividad sobre el total de la casa, salvo que puedas probar un porcentaje distinto.

Con números: tu piso tiene 90 m² y el despacho ocupa 15 m². Eso es un 16,67 % de la superficie. Aplicas el 30 % y te queda un 5 %. Si la factura de la luz es de 80 € al mes, deduces 4 € al mes, 48 € al año. No es mucho, pero sumado a internet, agua y gas, compensa apuntarlo.

Dos detalles. Primero, la norma habla de tu vivienda habitual, no de una segunda residencia. Segundo, la regla del 30 % está en la ley del IRPF, no en la del IVA. Para el IVA, el artículo 95 exige que los bienes y servicios corrientes estén afectos de forma directa y exclusiva, así que deducir el IVA de los suministros de casa es terreno discutido: consúltalo antes de hacerlo.

Dietas y comidas: los límites de 2026

Puedes deducir tus propias comidas cuando trabajas fuera, con tres condiciones que pone la ley: que sean en el desarrollo de la actividad, en restaurantes u hostelería y pagadas con medio electrónico (tarjeta, Bizum, móvil). En efectivo, no cuentan.

Los límites son los mismos que para las dietas de los trabajadores, en el artículo 9 del Reglamento del IRPF. En octubre de 2026 siguen siendo estos:

SituaciónEn EspañaEn el extranjero
Sin pernocta26,67 € al día48,08 € al día
Con pernocta53,34 € al día91,35 € al día

Ejemplo: vas a ver a un cliente a otra ciudad y comes por 35 € pagando con tarjeta, sin dormir fuera. Puedes deducir 26,67 €; el resto lo pagas tú. Si duermes fuera, el hotel se deduce por lo que justifiques con factura y la manutención sube a 53,34 € al día.

En el IVA, el artículo 96 de la ley excluye los servicios de hostelería y restauración salvo que sean gasto deducible en el IRPF. O sea, si la comida cumple las condiciones de arriba, su IVA también se puede deducir con factura.

Cuidado con las comidas con clientes: eso no es manutención propia, sino atenciones a clientes. En el IRPF se aplica el límite del 1 % del importe neto de la cifra de negocios que fija la Ley del Impuesto sobre Sociedades, y en el IVA no hay deducción: el artículo 96 excluye los bienes y servicios destinados a atenciones a clientes.

El coche: el gasto más polémico

Aquí IRPF e IVA van por caminos distintos, y conviene entenderlo bien antes de comprar.

En el IRPF, un turismo solo se considera afecto si lo usas exclusivamente para la actividad. El artículo 22.4 del Reglamento dice que para los turismos no vale el uso privado «accesorio», salvo en casos concretos: vehículos mixtos para mercancías, transporte de viajeros, enseñanza de conductores, desplazamientos de representantes o agentes comerciales y vehículos que se alquilan de forma habitual. Si usas el coche también para llevar a los niños al colegio, en la práctica no podrás amortizarlo ni deducir sus gastos en la renta.

En el IVA la ley es más flexible. El artículo 95.Tres presume que los turismos están afectos al 50 %, así que puedes deducir la mitad del IVA de la compra o del renting, y Hacienda tendría que demostrar que es menos. Si quieres deducir más, eres tú quien tiene que probarlo. Para los vehículos de las excepciones de arriba, la presunción es del 100 %.

Seguro de salud: hasta 500 € por persona

Las primas del seguro médico privado son deducibles en estimación directa con un límite de 500 € al año por persona (1.500 € si tiene discapacidad). Cubre al autónomo, a su cónyuge y a los hijos menores de 25 años que convivan con él. Si pagas un seguro familiar de 1.400 € al año para ti, tu pareja y un hijo, podrías deducirlo entero siempre que la prima de cada uno no supere los 500 €.

Si estás pensando en contratar uno, en la guía del seguro de salud para autónomos tienes cómo comparar coberturas y precios.

Cuota de autónomos, equipos y otros gastos habituales

La cuota de autónomos

Según la Agencia Tributaria, las cuotas pagadas al RETA por la actividad son gasto deducible en el IRPF. Ojo: para calcular tu tramo de cotización la Seguridad Social vuelve a sumar esa cuota, como explicamos en la guía de la cuota de autónomos 2026.

Ordenador, móvil y mobiliario

Lo que dura más de un año no se deduce de golpe: se amortiza. En estimación directa simplificada se usa la tabla oficial que recoge la AEAT en su manual: los equipos informáticos y el software admiten hasta un 26 % al año (máximo 10 años), el mobiliario un 10 % y los elementos de transporte un 16 %. Un portátil de 1.200 € sin IVA te da, como máximo, 312 € de gasto al año, así que lo terminas de amortizar en algo menos de cuatro años.

El móvil sigue la misma lógica: si es solo para trabajar, amortizas el terminal y deduces la tarifa. Si lo usas también para lo personal, solo la parte de uso profesional y con argumentos para defenderla.

Formación, gestoría, software y bancos

Un curso relacionado con tu actividad, la cuota de la gestoría, las suscripciones de software o las comisiones de tu cuenta de empresa son gastos deducibles si están vinculados a lo que haces. El criterio es el de siempre: relación con tus ingresos. Un curso de cocina para una consultora informática no pasa el filtro.

Gastos de difícil justificación

Si estás en estimación directa simplificada, el artículo 30 del Reglamento del IRPF te deja restar un 5 % del rendimiento neto en concepto de provisiones y gastos de difícil justificación, con un máximo de 2.000 € al año. No necesitas facturas para esto: se aplica en la renta. Con un rendimiento neto de 30.000 €, son 1.500 €; con 50.000 €, el 5 % serían 2.500 €, pero te quedas en 2.000 €.

IVA deducible vs gasto en el IRPF: no es lo mismo

Son dos impuestos distintos con reglas distintas, y mezclarlos es el error más frecuente al empezar.

  • En el IRPF restas el gasto (la base, sin IVA si el IVA lo recuperas) de tus ingresos para calcular el rendimiento neto. Lo haces en la renta anual y, si te toca presentarlo, en el modelo 130 cada trimestre.
  • En el IVA restas el IVA que te han cobrado (soportado) del que tú cobras a tus clientes (repercutido). Lo haces en el modelo 303 cada trimestre.

Ejemplo: compras una silla de oficina por 300 € más 63 € de IVA. En el 303 deduces los 63 €. En el IRPF, la silla es un gasto de 300 € (si la amortizas o la deduces según corresponda). El IVA que recuperas no es gasto en el IRPF, porque ya te lo devuelve el 303.

Y hay gastos que van en uno y no en otro. El seguro de salud no lleva IVA, pero sí es gasto en el IRPF. El coche de uso mixto puede no ser gasto en el IRPF y aun así permitirte deducir el 50 % de su IVA. Las atenciones a clientes son gasto en el IRPF dentro del límite del 1 %, pero su IVA no se deduce nunca.

Errores típicos con los gastos deducibles

Casi todos los problemas con los gastos deducibles de los autónomos en una revisión de Hacienda vienen de los mismos fallos:

  • Guardar tickets en lugar de facturas. Para el IVA casi nunca sirven; pide factura con tus datos siempre que puedas.
  • Pagar la comida en efectivo. Sin pago electrónico, la manutención no es deducible.
  • Deducir el 100 % de la luz de casa. La ley fija el 30 % de la proporción de m², no la factura entera.
  • Meter el coche familiar como gasto en la renta. Si no es de uso exclusivo y no estás en una excepción, es una regularización segura si te revisan.
  • Deducir de golpe un ordenador caro en lugar de amortizarlo según la tabla.
  • No apuntar los gastos en el libro registro. Sin registro, uno de los tres requisitos falla.

Preguntas frecuentes

¿Qué gastos puede deducir un autónomo que trabaja en casa?

Los suministros de la vivienda (luz, agua, gas, teléfono e internet) en el porcentaje del 30 % sobre la proporción de m² destinados a la actividad, además de los gastos propios del negocio: equipos, software, formación, gestoría o la cuota de autónomos.

¿Cuánto puedo deducir por comidas en 2026?

Sin pernoctar, hasta 26,67 € al día en España y 48,08 € en el extranjero. Si duermes fuera, 53,34 € y 91,35 €. Siempre en restaurantes, en el desarrollo de la actividad y pagando con medio electrónico.

¿Puedo deducir el coche si también lo uso para lo personal?

En el IRPF, en general no: los turismos tienen que estar afectos en exclusiva salvo excepciones como los agentes comerciales. En el IVA, la ley presume un uso profesional del 50 % y puedes deducir esa parte del IVA.

¿El seguro de salud desgrava para autónomos?

Sí, en estimación directa: hasta 500 € al año por ti, tu cónyuge y cada hijo menor de 25 que conviva contigo (1.500 € por persona con discapacidad).

¿Necesito factura o vale el ticket?

Para el IRPF el ticket es una prueba débil; para el IVA no sirve salvo que sea una factura simplificada con tu NIF y domicilio y el IVA desglosado. Lo seguro es pedir siempre factura a tu nombre.

¿La cuota de autónomos es gasto deducible?

Sí. Las cuotas al RETA por tu actividad son gasto deducible en el IRPF. No llevan IVA, así que no aparecen en el 303.

Los límites de esta guía corresponden a la normativa vigente en octubre de 2026, pero la deducibilidad de muchos gastos depende de cómo uses cada cosa y de cómo lo puedas probar. Si tienes dudas con un gasto concreto, coméntalo con tu gestor o asesor antes de meterlo en el trimestre.