Cómo darse de alta como autónomo en 2026: paso a paso, costes y errores

Actualizado: octubre de 2026

Para darse de alta como autónomo en 2026 hay que hacer dos trámites, en este orden: la declaración censal de alta en Hacienda con el modelo 036 y el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social a través de Import@ss. Los dos se hacen online, son gratuitos y tienen que estar hechos, como tarde, el mismo día en que empiezas a trabajar. Si es tu primera alta, en el mismo formulario pides la tarifa plana.

Parece poco, pero en esos dos formularios tomas decisiones que te acompañan años: el epígrafe, el régimen de IVA, la mutua, la base de cotización. Abajo tienes cada paso explicado, lo que cuesta de verdad empezar y los errores que más dinero hacen perder a quien se estrena.

Antes de empezar: lo que necesitas tener a mano

Todo el proceso se hace por internet, así que lo primero es poder identificarte ante las dos administraciones. Lo más cómodo es tener Cl@ve permanente o certificado digital. El certificado de persona física de la FNMT es gratuito: según la sede de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, la expedición no tiene coste, aunque si eliges acreditarte por videoidentificación ese servicio sí se paga aparte.

Además, ten preparada esta lista, que es la que pide la Seguridad Social en su guía de alta:

  • DNI o NIE.
  • Número de afiliación a la Seguridad Social (si alguna vez has trabajado, ya lo tienes).
  • Fecha de inicio de la actividad.
  • Domicilio donde vas a trabajar.
  • Una estimación de tus rendimientos netos mensuales.
  • Códigos IAE y CNAE de tu actividad.
  • IBAN de la cuenta donde se cargará la cuota.
  • Móvil y correo electrónico.

Sobre la cuenta: no es obligatoria una cuenta «de autónomo», pero separar el dinero del negocio del personal te ahorra muchos dolores de cabeza a final de trimestre. Si aún no la tienes, busca una que no cobre comisiones por mantenimiento.

Paso 1: alta en Hacienda con el modelo 036 (el 037 ya no existe)

Mucha gente sigue buscando el modelo 037, la «declaración censal simplificada». Ya no se puede usar. La Orden HAC/1526/2024 lo suprimió con efectos desde el 3 de febrero de 2025, y la Agencia Tributaria lo recoge en su información sobre el modelo 036: desde entonces todas las altas se hacen con el 036, que ha absorbido la versión simplificada.

El plazo lo marca la propia AEAT: la declaración de alta se presenta antes de iniciar la actividad. Si eres persona física, la Agencia Tributaria tiene además el servicio Censos WEB, un asistente que te guía en el alta inicial sin tener que pelearte con todas las páginas del formulario. Lo encuentras en la ficha del procedimiento del modelo 036 dentro de la sede electrónica.

Qué decides en el 036

El formulario parece largo, pero para un autónomo persona física que empieza las decisiones importantes son cuatro:

  1. La actividad y su epígrafe del IAE. Lo vemos en el siguiente apartado porque tiene miga.
  2. El régimen de IVA. Lo normal es el régimen general, que te obliga a presentar el modelo 303 cada trimestre. Hay actividades exentas (algunas sanitarias o educativas, por ejemplo) y regímenes especiales como el recargo de equivalencia para comercio minorista.
  3. El método de IRPF. La mayoría de autónomos que empiezan va a estimación directa simplificada. Los módulos (estimación objetiva) solo están disponibles para ciertas actividades.
  4. El domicilio fiscal y el de la actividad, que pueden no coincidir si tienes local.

Con el alta en Hacienda nacen tus obligaciones trimestrales. En estimación directa, lo habitual es el modelo 303 de IVA y el 130 de pago fraccionado del IRPF. Si eres profesional, el reglamento del IRPF te libra del 130 cuando al menos el 70 % de tus ingresos lleva retención (el primer año se mira el porcentaje del propio trimestre).

Paso 2: elegir bien el epígrafe IAE y el CNAE

El IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas) clasifica tu actividad con un código. Hay tres secciones: actividades empresariales, profesionales y artísticas. No es lo mismo darse de alta como «diseñador gráfico» (sección profesional) que como «comercio al por menor de artículos de papelería» (empresarial), y la diferencia tiene consecuencias: si eres profesional, tus clientes empresa te retendrán IRPF en las facturas.

La buena noticia es que, como persona física, no pagas el impuesto. El artículo 82 de la Ley de Haciendas Locales declara exentas a todas las personas físicas, residan o no en España. Lo que sí tienes que hacer es indicar el epígrafe en el 036: estar exento no te libra de la declaración censal.

Además del IAE, la Seguridad Social te pide el código CNAE (la clasificación nacional de actividades económicas). Son dos catálogos distintos y no siempre encajan uno a uno. Si haces varias actividades, tienes que indicar el código de cada una.

Retención del 7 % si eres profesional nuevo

Si tu epígrafe es profesional, la retención general en tus facturas a empresas es del 15 %. Pero el artículo 95 del Reglamento del IRPF permite aplicar un 7 % el año de inicio y los dos siguientes, siempre que no hayas ejercido ninguna actividad profesional el año anterior. Tienes que comunicárselo por escrito a tu cliente, que debe guardar esa comunicación firmada.

Ejemplo: facturas 2.000 € más IVA a una agencia. Con el 15 % te retienen 300 €; con el 7 %, 140 €. No es dinero que te ahorres (se ajusta en la renta), pero te deja más liquidez justo cuando más falta hace.

Paso 3: alta en el RETA en Import@ss

Con el 036 presentado, toca la Seguridad Social. El alta se hace en Import@ss, y la propia guía oficial fija el plazo: puedes comunicarla el mismo día en que empiezas o hasta 60 días antes. La Seguridad Social también indica que el alta tiene que coincidir con la de Hacienda.

Darse de alta tarde sale caro. Según esa misma guía, si te das de alta después de empezar, la fecha de alta será el día 1 de ese mes y pagas el mes completo. Si el retraso es mayor, tendrás que pagar las cuotas atrasadas con recargo y la guía avisa de multas de 3.750 a 12.000 €. Además, ese periodo se cotiza por una base de 950,98 € al mes en 2026 y no entra en la regularización anual.

La mutua colaboradora

En el alta tienes que elegir una mutua colaboradora con la Seguridad Social. Es la entidad que te pagará la baja por enfermedad o accidente y la prestación por cese de actividad. Todas cubren lo mismo por ley, así que la elección va más por cercanía de centros y por cómo atienden.

No te agobies: se puede cambiar. La guía de Import@ss indica que la solicitud de cambio se presenta antes del 1 de octubre y surte efecto el 1 de enero siguiente.

Previsión de rendimientos y base de cotización

Aquí está la decisión que más afecta a tu bolsillo. Tienes que estimar tu rendimiento neto mensual medio (ingresos menos gastos, no lo que facturas) y elegir una base dentro del tramo que te corresponda. Esa base es provisional: cuando hagas la renta, la Seguridad Social revisará con tus datos reales si pagaste lo que tocaba.

Si no sabes cuánto vas a ganar, sé realista tirando a prudente. La tabla completa de tramos, con ejemplos, está en la guía de la cuota de autónomos 2026. La cuota más baja fuera de la tarifa plana es de 205,88 € al mes en el tramo 1 de la tabla reducida.

La tarifa plana: se pide en el mismo formulario

Si es tu primera alta o llevas dos años sin estar de alta (tres si ya la disfrutaste), tienes derecho a la cuota reducida por inicio de actividad. En 2026 son 80 € al mes durante 12 meses; con el MEI, 88,64 € al mes según la guía de la Seguridad Social.

Ojo con esto: la tarifa plana se solicita en el momento del alta. Si no marcas la casilla, no puedes reclamarla después. Requisitos, prórroga y letra pequeña en nuestra guía de la tarifa plana de autónomos 2026.

Paso 4: licencias municipales si vas a tener local

Si trabajas desde casa con un ordenador, normalmente no necesitas nada del ayuntamiento. Si abres un local (una tienda, una peluquería, un taller), sí. Cada ayuntamiento tiene su ordenanza y sus tasas, así que el importe no se puede dar de forma general.

Lo que sí está fijado a nivel estatal es la Ley 12/2012 de liberalización del comercio: para muchas actividades comerciales y de servicios en locales de hasta 750 m² de superficie útil de exposición y venta, el ayuntamiento no puede exigir licencia previa de apertura y basta con una declaración responsable o comunicación previa. La lista de actividades está en el anexo de la ley y las comunidades autónomas pueden ampliarla.

Declaración responsable no significa «sin control». Tú firmas que cumples la normativa y el ayuntamiento puede inspeccionar después. Si haces obra, cambias el uso del local o tu actividad tiene impacto ambiental, sanitario o de seguridad, puede seguir haciendo falta licencia. Antes de firmar un alquiler, pregunta en urbanismo si esa actividad es compatible con ese local.

Cuánto cuesta darse de alta como autónomo

Los trámites en sí son gratis. Lo que cuesta es lo que viene detrás. Esta tabla resume los costes con sus importes oficiales de 2026 cuando existen:

ConceptoCosteComentario
Modelo 036 en HaciendaGratisOnline, antes de empezar la actividad
Alta en el RETA (Import@ss)GratisHasta 60 días antes del inicio
Certificado digital FNMTGratisLa videoidentificación opcional se paga aparte
Cuota con tarifa plana88,64 €/mes80 € + MEI, primeros 12 meses
Cuota mínima sin tarifa plana205,88 €/mesTramo 1 de la tabla reducida
IAE0 €Personas físicas exentas
Licencia o declaración responsableVariableDepende de la ordenanza de cada ayuntamiento
Gestoría (opcional)VariableMuchas incluyen el alta gratis al contratar

Con números: si empiezas con tarifa plana, tu coste fijo con la Seguridad Social el primer año ronda los 1.064 € (88,64 × 12). Sin tarifa plana y en el tramo más bajo, serían unos 2.470 € al año. A eso súmale el programa de facturación (los hay gratuitos) y, si no quieres pelearte con los impuestos, una gestoría.

¿Lo haces tú o con gestoría?

Si tu actividad es sencilla (un profesional que trabaja desde casa, sin local ni empleados), el alta la puedes hacer tú en una tarde siguiendo esta guía. El 036 con Censos WEB y el alta en Import@ss están pensados para eso.

Donde una gestoría sí aporta es en las dudas de encaje: qué epígrafe elegir si haces varias cosas, si te conviene módulos, si tu actividad está exenta de IVA o si deberías plantearte una sociedad. Muchas gestorías online hacen el alta gratis si luego contratas su cuota mensual, así que compara el precio anual, no solo el del alta.

Errores típicos al darse de alta

  • Empezar a facturar antes del alta. Aunque sea «solo un trabajito», si ya hay actividad habitual, el alta llega tarde y con recargo.
  • Olvidar marcar la tarifa plana. Es el error más caro: perderla supone pagar unos 1.400 € más el primer año en el tramo más bajo.
  • Buscar el 037. Ya no existe; todo va por el 036.
  • Calcular la previsión con la facturación en lugar de con el rendimiento neto. Te coloca en un tramo más alto del que te toca.
  • Elegir un epígrafe genérico que no describe lo que haces. Puede darte problemas con el IVA, las retenciones o la deducción de gastos.
  • Firmar el alquiler del local antes de preguntar en urbanismo. Si la actividad no es compatible, el contrato ya está firmado.
  • No guardar facturas desde el primer día. Lo que compres para la actividad puede ser deducible si está bien justificado. Lo tienes explicado en nuestra guía de gastos deducibles para autónomos.

Checklist final para darse de alta como autónomo

Repasa esta lista antes de dar el primer paso y otra vez el día que empieces:

  1. Cl@ve o certificado digital funcionando.
  2. Epígrafe IAE y código CNAE elegidos.
  3. Régimen de IVA y método de IRPF decididos.
  4. Modelo 036 presentado antes de iniciar la actividad.
  5. Alta en el RETA en Import@ss, como tarde el día de inicio.
  6. Mutua elegida y previsión de rendimientos hecha con números realistas.
  7. Tarifa plana solicitada en el mismo formulario (si te corresponde).
  8. Cuenta bancaria domiciliada.
  9. Declaración responsable o licencia presentada si tienes local.
  10. Programa de facturación listo y comunicación del 7 % de retención a tus clientes si eres profesional nuevo.
  11. Fechas de los trimestres apuntadas en el calendario: 20 de abril, 20 de julio, 20 de octubre y 30 de enero.

Preguntas frecuentes

¿Qué va primero, Hacienda o la Seguridad Social?

Hacienda. Primero presentas el modelo 036 y después el alta en el RETA, que la Seguridad Social pide que coincida con la de Hacienda. Ambas tienen que estar hechas como tarde el día en que empiezas a trabajar.

¿Sigue existiendo el modelo 037 en 2026?

No. La Orden HAC/1526/2024 lo suprimió y desde el 3 de febrero de 2025 todas las altas, modificaciones y bajas censales se hacen con el modelo 036.

¿Puedo darme de alta como autónomo con antelación?

Sí. La Seguridad Social permite comunicar el alta hasta 60 días antes del inicio de la actividad. En Hacienda, el 036 se presenta antes de empezar.

¿Tengo que pagar el IAE?

Si eres persona física, no. La Ley de Haciendas Locales declara exentas a todas las personas físicas. Aun así, tienes que indicar tu epígrafe en la declaración censal.

¿Cuánto tarda el alta?

Si tienes certificado o Cl@ve y los datos preparados, los dos formularios online se pueden presentar el mismo día. Lo que más tiempo lleva es decidir epígrafe, régimen y base, no el trámite en sí.

¿Puedo trabajar por cuenta ajena y darme de alta como autónomo a la vez?

Sí, es la pluriactividad. Cotizas en los dos regímenes a la vez. Si cumples los requisitos de la tarifa plana, consulta en Import@ss cómo encaja con tu situación antes de elegir base.

Esta guía recoge los trámites y cifras oficiales vigentes en octubre de 2026, pero cada actividad tiene su encaje (epígrafe, IVA, licencias de tu ayuntamiento). Si tienes dudas, confírmalo con un gestor o asesor antes de presentar nada.