Cuota de autónomos 2026: tabla de tramos, cálculo y ejemplos con números

Actualizado: octubre de 2026

La cuota de autónomos 2026 va desde 205,88 € al mes en el tramo más bajo hasta algo más de 1.600 € si eliges la base máxima. Lo que pagas depende de tus rendimientos netos mensuales: los ingresos de tu actividad menos los gastos deducibles, con una rebaja extra del 7 % por gastos genéricos. Abajo tienes la tabla oficial completa de la cuota de autónomos 2026, cómo hacer la cuenta y qué pasa cuando Hacienda le pasa tus datos reales a la Seguridad Social.

Las cifras salen de la Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, publicada en el BOE el 31 de marzo de 2026, y coinciden con las que publica la Seguridad Social en su página de cotización de autónomos. Este año la orden llegó tarde porque los Presupuestos están prorrogados, así que las tablas se aplican desde el 1 de enero de 2026 aunque se publicaran en primavera.

Cómo funciona el sistema de cotización por ingresos reales

Desde 2023 ya no eliges libremente tu base de cotización como antes. Ahora haces una previsión de lo que vas a ganar en el año, la Seguridad Social te coloca en un tramo y, dentro de ese tramo, eliges una base entre la mínima y la máxima. Tu cuota mensual es un porcentaje fijo de esa base.

Esa base es provisional. Cuando haces la renta, la Agencia Tributaria le comunica a la Seguridad Social tus rendimientos de verdad y la Tesorería revisa si cotizaste lo que te tocaba. Si te quedaste corto, pagas la diferencia. Si te pasaste por encima del máximo de tu tramo real, te devuelven. Es lo que se llama regularización, y la explico más abajo con números.

Hay dos tablas. La tabla reducida es para quien gana menos de 1.166,70 € netos al mes, y la tabla general para todos los demás. En total son 15 tramos.

Tabla de tramos de la cuota de autónomos 2026

Estos son los tramos oficiales de 2026. Las bases salen tal cual del artículo 18 de la orden de cotización. La última columna es la cuota mensual mínima que resulta de aplicar el 31,50 % a la base mínima de cada tramo (te explico de dónde sale ese porcentaje justo después de la tabla).

TramoRendimientos netos (€/mes)Base mínima (€/mes)Base máxima (€/mes)Cuota mínima (€/mes)
Reducida 1Hasta 670653,59718,94205,88
Reducida 2Más de 670 y hasta 900718,95900,00226,47
Reducida 3Más de 900 y menos de 1.166,70849,671.166,70267,65
General 1De 1.166,70 a 1.300950,981.300,00299,56
General 2Más de 1.300 y hasta 1.500960,781.500,00302,65
General 3Más de 1.500 y hasta 1.700960,781.700,00302,65
General 4Más de 1.700 y hasta 1.8501.143,791.850,00360,29
General 5Más de 1.850 y hasta 2.0301.209,152.030,00380,88
General 6Más de 2.030 y hasta 2.3301.274,512.330,00401,47
General 7Más de 2.330 y hasta 2.7601.356,212.760,00427,21
General 8Más de 2.760 y hasta 3.1901.437,913.190,00452,94
General 9Más de 3.190 y hasta 3.6201.519,613.620,00478,68
General 10Más de 3.620 y hasta 4.0501.601,314.050,00504,41
General 11Más de 4.050 y hasta 6.0001.732,035.101,20545,59
General 12Más de 6.0001.928,105.101,20607,35

Si te suena la tabla del año pasado, no te equivocas: las bases mínimas de los tramos son las mismas que en 2025. Lo que sí ha cambiado es la base máxima absoluta, que pasa a 5.101,20 € al mes, y el tipo del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que sube una décima.

De dónde sale el 31,50 %

La cuota no es un único impuesto, sino la suma de varios conceptos que fija la orden para 2026. Si tienes la cobertura completa (lo normal), el reparto queda así:

  • Contingencias comunes: 28,30 %.
  • Contingencias profesionales (accidente de trabajo y enfermedad profesional): 1,30 %.
  • Cese de actividad (el «paro» del autónomo): 0,90 %.
  • Formación profesional: 0,10 %.
  • Mecanismo de Equidad Intergeneracional: 0,90 %.

Sumado, sale un 31,50 % sobre tu base. Con la base mínima del tramo 1 de la tabla reducida (653,59 €), eso son 205,88 € al mes. Si estás en pluriactividad y ya tienes la baja cubierta en otro régimen, hay reducciones específicas, pero el caso general es este.

Cómo calcular tus rendimientos netos

Aquí es donde se equivoca mucha gente. El tramo no se elige con lo que facturas, sino con tus rendimientos netos computables, que se calculan siguiendo las normas del IRPF y una regla propia de la Seguridad Social. La base legal está en el artículo 308 de la Ley General de la Seguridad Social.

El cálculo, en estimación directa, va en tres pasos:

  1. Ingresos menos gastos deducibles de tu actividad en el año. Es tu rendimiento neto a efectos de IRPF.
  2. Le sumas las cuotas de autónomo que hayas restado como gasto. La ley dice que el rendimiento computable es el neto «incrementado en el importe de las cuotas de la Seguridad Social». O sea, tu propia cuota no te sirve para bajar de tramo.
  3. Le restas un 7 % por gastos genéricos. Si eres autónomo societario (administrador o socio con control de una sociedad, con al menos 90 días de alta en el año), la deducción es solo del 3 %.

El resultado lo divides entre 12 (o entre los meses que hayas estado de alta) y ya tienes la cifra mensual que buscas en la tabla. Si tienes varias actividades, se suman todas. Si tributas por módulos, se usa el rendimiento neto previo, no el que te sale tras las reducciones finales.

Un truco práctico: no hagas la previsión con el mes bueno, sino con la media del año. Si llevas la facturación al día en un programa de facturación que te dé informes de ingresos y gastos, esta cuenta te lleva cinco minutos.

Ejemplos de cuota con números

Tres casos típicos para que veas cómo cambia la cuota. En todos supongo estimación directa, autónomo persona física (deducción del 7 %) y que eliges la base mínima de tu tramo, que es lo que hace la mayoría.

Ejemplo 1: diseñadora que factura 2.500 € al mes

Factura 2.500 € al mes y tiene 600 € de gastos (software, cuota de coworking, equipo), sin contar su cuota de autónomo. Rendimiento neto: 1.900 €. Le quitamos el 7 %: 1.900 × 0,93 = 1.767 € al mes.

Eso cae en el tramo 4 de la tabla general (más de 1.700 y hasta 1.850). Base mínima: 1.143,79 €. Cuota: 1.143,79 × 31,50 % = 360,29 € al mes, unos 4.323 € al año.

Ejemplo 2: autónomo que empieza y gana poco

Factura 1.200 € al mes y tiene 300 € de gastos. Rendimiento neto: 900 €. Con la deducción del 7 %, se queda en 837 €. Está en el tramo 2 de la tabla reducida, con una base mínima de 718,95 € y una cuota de 226,47 € al mes.

Si acaba de darse de alta por primera vez, lo normal es que esté pagando la tarifa plana. En ese caso lo tienes explicado en la guía de tarifa plana de autónomos, porque durante ese periodo la tabla no se le aplica igual.

Ejemplo 3: consultor con 5.000 € netos al mes

Rendimiento neto de 5.000 € al mes. Tras el 7 %: 4.650 €. Tramo 11 de la tabla general. Base mínima 1.732,03 € y cuota mínima de 545,59 € al mes. Si quisiera cotizar por la base máxima de su tramo (5.101,20 €), pagaría 1.606,88 € al mes, algo que solo compensa si buscas una pensión o una prestación más alta y lo has pensado bien.

Base mínima o más alta: qué te conviene

Dentro de tu tramo puedes elegir cualquier base entre la mínima y la máxima. Elegir la mínima es lo más barato hoy, pero tiene un coste a largo plazo: las prestaciones se calculan sobre la base por la que cotizas. La baja por enfermedad, el permiso por nacimiento, el cese de actividad y la futura pensión salen de ahí.

Mi criterio: si tus ingresos son irregulares o estás empezando, la mínima de tu tramo tiene sentido y el ahorro lo puedes dedicar a un colchón o a un seguro de baja laboral privado. Si llevas años estable y tienes más de 50, merece la pena echar números con un asesor antes de seguir en la mínima, porque la pensión se calcula con tus últimos años cotizados.

Cómo cambiar de base de cotización

Si tu previsión de ingresos cambia durante el año, puedes (y deberías) ajustar la base. Se hace en Import@ss, en el servicio «Base de cotización y rendimientos», y se permiten hasta seis cambios al año. Cada cambio surte efecto según cuándo lo pidas:

Si lo solicitas entreLa nueva base se aplica desde
1 de enero y 28/29 de febrero1 de marzo
1 de marzo y 30 de abril1 de mayo
1 de mayo y 30 de junio1 de julio
1 de julio y 31 de agosto1 de septiembre
1 de septiembre y 31 de octubre1 de noviembre
1 de noviembre y 31 de diciembre1 de enero del año siguiente

Como estamos en octubre, si lo pides antes del 31 de octubre de 2026 el cambio se aplicará en noviembre. Si lo dejas para noviembre o diciembre, no entra hasta enero de 2027.

Para comprobar la cifra antes de tocar nada, la Seguridad Social tiene un simulador público de cuota: metes tus ingresos y gastos previstos y te dice el tramo.

La regularización: cuándo pagas de más o te devuelven

Una vez presentada la renta, Hacienda manda tus rendimientos a la Tesorería General de la Seguridad Social y esta hace la regularización de oficio. Te notifica el resultado y pueden pasar tres cosas.

Si tu base estaba dentro del tramo real, no pasa nada. Da igual que hayas acertado el tramo exacto o no: si la base que elegiste está entre la mínima y la máxima del tramo que te corresponde de verdad, no hay regularización.

Si cotizaste por debajo de la mínima de tu tramo real, tienes que pagar la diferencia. Ejemplo: elegiste el tramo 1 general (299,56 € al mes) pero tus rendimientos reales salieron en 1.767 € al mes, tramo 4. La cuota mínima de ese tramo es 360,29 €. Diferencia: 60,73 € al mes, que en un año completo son 728,76 €. Tienes hasta el último día del mes siguiente a la notificación para pagarlo sin recargos ni intereses.

Si cotizaste por encima de la máxima de tu tramo real, te devuelven. Ejemplo: cotizaste en el tramo 4 (360,29 €) y al final ganaste 800 € netos al mes. Tu tramo real es el 2 de la tabla reducida, cuya base máxima es 900 € (cuota de 283,50 €). Te devuelven 76,79 € por mes, 921,48 € en el año. La ley fija que la devolución se haga antes del 30 de abril del año siguiente a aquel en que Hacienda comunica los datos.

Ojo con un detalle: si no presentas la renta (o la presentas sin declarar ingresos estando en estimación directa), la base definitiva será la mínima del grupo 7 del Régimen General, que en 2026 es de 1.424,40 €. Es una base bastante más alta que la de los primeros tramos, así que no declarar sale caro.

Autónomos societarios: un caso aparte

Si eres administrador de tu sociedad o socio con control, tu situación tiene letra pequeña. La deducción por gastos genéricos es del 3 % en lugar del 7 %, y la ley no te deja elegir una base inferior a la mínima del grupo 7 del Régimen General. En la orden de 2026 esa base aparece en 1.424,40 € al mes.

Además, la propia orden permite que este colectivo mantenga durante 2026 la base provisional que tenía en 2025. Como hay matices según tu caso, aquí sí te recomiendo que lo mire una gestoría para autónomos antes de cambiar nada.

Qué se sabe de la cuota de autónomos de 2027

A fecha de octubre de 2026 no hay ninguna tabla oficial de tramos para 2027 publicada en el BOE. Las tablas de cada año deben fijarse por ley, y con los Presupuestos prorrogados lo previsible es que la cifra definitiva vuelva a llegar con una norma específica.

Lo único que ya está escrito en la ley es la subida del MEI. La disposición transitoria cuadragésima tercera de la Ley General de la Seguridad Social fija que en 2027 pasa del 0,90 % al 1 %. Si nada más cambiara, eso supondría una décima más sobre tu base: en el tramo más bajo, menos de un euro al mes.

En octubre de 2025 el Gobierno presentó una propuesta de nuevas cuotas para 2026 y años siguientes que no salió adelante tal cual: en 2026 las bases mínimas se quedaron como en 2025. Por eso, cualquier cifra que leas para 2027 antes de que salga en el BOE es una propuesta, no una cuota real. En cuanto haya norma publicada, actualizaremos esta guía.

Errores típicos que te pueden costar dinero

  • Calcular el tramo con la facturación en vez de con el rendimiento neto. Te pondrás en un tramo demasiado alto sin necesidad.
  • Restar tu propia cuota de autónomo como gasto al calcular el tramo. Para la Seguridad Social, esa cuota se vuelve a sumar.
  • Olvidar la deducción del 7 %, que en muchos casos te baja de tramo.
  • No ajustar la base cuando el año va mucho mejor de lo previsto. La diferencia llega igual, pero de golpe y un año después.
  • Confiar en que te devolverán si te pasas. Solo devuelven lo que exceda de la base máxima de tu tramo real, no lo que exceda de la mínima.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la cuota mínima de autónomos en 2026?

Es de 205,88 € al mes, que corresponde a la base mínima del tramo 1 de la tabla reducida (653,59 €) para rendimientos netos de hasta 670 € al mes. Quien se da de alta por primera vez puede pagar menos durante un tiempo gracias a la tarifa plana.

¿Ha subido la cuota de autónomos en 2026 respecto a 2025?

Las bases mínimas de los 15 tramos son las mismas que en 2025. Sube la base máxima (hasta 5.101,20 €) y el MEI pasa del 0,80 % al 0,90 %, así que la cuota de autónomos 2026 sube muy poco para la mayoría, unos céntimos o pocos euros al mes según tu base.

¿Qué pasa si me equivoco de tramo?

Nada grave, siempre que respondas a la regularización. Si cotizaste de menos, te tocará pagar la diferencia; si cotizaste por encima de la base máxima de tu tramo real, te devuelven el exceso. Lo ideal es ajustar la base durante el año para evitar sustos.

¿Cada cuánto puedo cambiar mi base de cotización?

Hasta seis veces al año, a través de Import@ss. El cambio se aplica el día 1 del mes siguiente a cada bimestre en que lo pides: marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre o enero.

¿Se tiene en cuenta lo que gano como asalariado?

Para elegir tramo cuentan los rendimientos de tus actividades como autónomo, no tu nómina. Si estás en pluriactividad y la suma de tus cotizaciones por contingencias comunes supera 17.323,68 € en 2026, puedes tener derecho a que te devuelvan el 50 % del exceso, con los límites que marca la orden.

¿Dónde consulto mi base y mi tramo actuales?

En Import@ss, con Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico. Ahí ves la base por la que cotizas, los rendimientos que declaraste y puedes solicitar el cambio.

Las cifras de esta guía están sacadas de la normativa oficial vigente en octubre de 2026, pero cada caso tiene sus matices (societarios, pluriactividad, varias actividades). Antes de cambiar de base o si te llega una regularización que no entiendes, confírmalo con tu gestor o asesor.