Actualizado: octubre de 2026
Si eres autónomo y haces tus facturas con un programa, Verifactu te afecta: ese programa tendrá que generar un registro de cada factura que no se pueda borrar ni cambiar sin dejar rastro. Hoy la fecha legal para los autónomos sigue siendo el 1 de julio de 2027, pero Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 que quiere retrasarla a octubre de 2028. Aquí tienes todo lo que necesitas saber sobre Verifactu autónomos, explicado sin tecnicismos.
Vamos por partes: qué es exactamente, a quién afecta y a quién no, qué fechas son firmes y cuáles todavía no, qué pasa si facturas con Word o Excel, cuánto pueden ser las sanciones y cómo elegir programa sin pagar de más.
Qué es Verifactu, contado de forma sencilla
Verifactu es el nombre popular del Reglamento de sistemas informáticos de facturación, aprobado por el Real Decreto 1007/2023. Nace de la Ley Antifraude de 2021, que prohibió el llamado software de doble uso: programas que permitían emitir una factura y luego borrarla o «maquillarla» para ocultar ventas.
La idea es simple. Cada vez que tu programa emite una factura, crea a la vez un registro de facturación con los datos básicos (emisor, destinatario, fecha, importe, impuestos) y una huella digital encadenada con la factura anterior. Si alguien intentara borrar o cambiar una factura, la cadena se rompería y se notaría.
El reglamento permite trabajar de dos maneras, y es tu programa el que funciona en una u otra:
- Modalidad VERI*FACTU: el programa envía cada registro a la Agencia Tributaria en el momento. Es la opción más sencilla para el usuario, porque Hacienda ya tiene la información y el programa no necesita firmar los registros.
- Modalidad no VERI*FACTU: los registros se quedan en tu sistema, pero tienen que ir firmados electrónicamente y el programa debe llevar un registro de eventos. Si Hacienda los pide en una inspección, hay que entregarlos.
En la práctica, para un autónomo con pocas facturas la modalidad VERI*FACTU suele ser la más cómoda, porque no tienes que preocuparte de conservar ni firmar nada: lo hace el programa y lo recibe la Agencia Tributaria.
A quién afecta Verifactu y a quién no
La Agencia Tributaria lo resume en sus preguntas frecuentes con lo que llama la regla de los 4 «NO». Estás dentro de Verifactu si se cumplen las cuatro condiciones a la vez:
- NO facturas exclusivamente a mano (usas algún programa o sistema informático para facturar).
- NO estás en el SII (Suministro Inmediato de Información del IVA).
- NO tienes tu domicilio fiscal en el País Vasco o Navarra, que tienen sus propios sistemas (TicketBAI en el caso vasco).
- NO tienes una resolución de la Agencia Tributaria que te exima.
Puedes leer la explicación completa en las preguntas frecuentes de la AEAT sobre el ámbito de aplicación. Para la inmensa mayoría de autónomos de territorio común la conclusión es directa: si usas un programa para facturar, te afecta.
Casos que quedan fuera
No te afecta si haces todas tus facturas a mano, en un talonario de papel, porque entonces no hay ningún sistema informático que regular. Tampoco si no estás obligado a emitir factura según el Reglamento de facturación.
Un caso típico es el del comercio minorista en recargo de equivalencia o el autónomo en el régimen simplificado del IVA o en el régimen especial de agricultura, ganadería y pesca. Por regla general no tienen que facturar, pero si un cliente empresario les pide factura y la hacen con un programa, esa factura sí entra en Verifactu. La AEAT recuerda además que las farmacias sí están obligadas por la forma en que tributan en el IRPF.
Y si tu empresa ya está en el SII (por ejemplo, porque factura más de 6 millones de euros al año), Verifactu no se aplica: los dos sistemas son excluyentes.
Verifactu autónomos: fechas reales y aplazamiento a 2028
Aquí está el lío, y conviene separar lo que dice hoy la ley de lo que Hacienda ha anunciado.
Lo que dice hoy el BOE
El calendario se ha movido varias veces. El último cambio publicado es el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre (BOE del 3 de diciembre de 2025), que fijó estas fechas:
- Empresas que tributan en el Impuesto sobre Sociedades: sistemas adaptados antes del 1 de enero de 2027.
- Resto de obligados, entre ellos los autónomos que tributan en el IRPF: antes del 1 de julio de 2027.
La propia nota informativa de la Agencia Tributaria sobre la ampliación del plazo sigue recogiendo esas dos fechas a día de hoy.
Lo que ha anunciado Hacienda en octubre de 2026
El 5 de octubre de 2026, el Ministerio de Hacienda publicó una nota informativa en la que anuncia la intención de aplazar las obligaciones pendientes de Verifactu hasta octubre de 2028. El motivo es hacerlas coincidir con la factura electrónica obligatoria para empresas y profesionales que facturan hasta 8 millones de euros al año.
Ojo con un detalle: la nota habla de «previsión de modificación». A fecha de esta actualización no hemos encontrado publicada en el BOE la norma que cambie las fechas de 2027. Hasta que salga, la fecha legal para un autónomo sigue siendo el 1 de julio de 2027. La nota tampoco concreta el día exacto de octubre de 2028.
Hacienda también adelanta que, una vez alineados los calendarios, hará otra modificación para acercar Verifactu a la factura electrónica y a la futura normativa europea ViDA, pero mantendrá en términos sustancialmente equivalentes las exigencias de integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad. Traducido: el fondo no cambia, el programa que elijas seguirá teniendo que cumplir lo mismo.
| Quién | Fecha legal vigente (RDL 15/2025) | Fecha anunciada por Hacienda (pendiente de BOE) |
|---|---|---|
| Sociedades (Impuesto sobre Sociedades) | 1 de enero de 2027 | Hacienda habla de «pymes y autónomos»; no detalla si cambia para todas las sociedades |
| Autónomos (IRPF) y resto de obligados | 1 de julio de 2027 | Octubre de 2028 |
| Fabricantes de software | Nueve meses desde la entrada en vigor de la orden técnica (Orden HAC/1177/2024) para ofrecer productos adaptados, plazo que ya ha pasado | Sin detalle en la nota |
Nuestro consejo: no te relajes por el anuncio. Si cambias de programa ahora, elige uno que ya cumpla Verifactu y la fecha te dará igual. Y vuelve a mirar el BOE cuando el Gobierno apruebe el cambio, porque hasta entonces manda julio de 2027.
Qué tiene que hacer un autónomo, paso a paso
No hace falta darse de alta en ningún sitio ni presentar ningún modelo para Verifactu. Lo que cambia es la herramienta con la que facturas. Estos son los pasos razonables:
- Revisa cómo facturas hoy. ¿A mano, con una plantilla de Word o Excel, con un programa instalado, con una app online o te las hace tu gestoría? Cada caso tiene una respuesta distinta (abajo te cuento la de Word y Excel).
- Pregunta a tu proveedor de software si su programa está adaptado al Real Decreto 1007/2023 y pídele su declaración responsable, el documento con el que el fabricante certifica que cumple. Tiene que estar en el propio programa o accesible para ti.
- Decide la modalidad. Si tienes pocas facturas, la modalidad VERI*FACTU suele ser la más cómoda. Si prefieres que los registros no salgan de tu sistema, la no VERI*FACTU también vale, pero exige firma y registro de eventos.
- Comprueba que tus facturas llevan el código QR. Todas las facturas emitidas con un sistema informático deben llevarlo, en la parte superior y con un tamaño de entre 30 x 30 mm y 40 x 40 mm. Si trabajas en modalidad VERI*FACTU, además aparecerá la leyenda «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT» o «VERI*FACTU».
- Deja de usar el programa viejo. La AEAT explica que puedes conservar un programa antiguo solo si ya no puede emitir facturas (desinstalado o con la emisión desactivada). Lo más recomendable es exportar los datos antes de abandonarlo.
- Si te lo lleva una gestoría, pregunta qué programa usa para emitir tus facturas. La responsabilidad de usar un sistema adaptado sigue siendo tuya como emisor.
Un ejemplo: si eres diseñadora freelance, facturas a unos ocho clientes al mes y lo haces con una app online de suscripción, lo más probable es que solo tengas que confirmar que la app ya está adaptada y activar la opción Verifactu cuando te lo indiquen. Si en cambio usas un programa de escritorio que compraste hace diez años y ya no se actualiza, toca cambiarlo.
¿Y si facturo con Word o Excel?
Es la pregunta que más se repite, y la respuesta oficial tiene matices. Según esas mismas preguntas frecuentes de la AEAT, un procesador de texto o una hoja de cálculo no se considera sistema de facturación si solo lo usas para escribir los datos de la factura, imprimirla o guardar la información, y tampoco un simple listado de facturas con sus totales.
Pero si esa hoja de cálculo trata los datos para obtener otros resultados, como generar el libro registro de IVA o de IRPF a partir de las facturas (por ejemplo, con una macro), entonces sí pasa a ser un sistema informático de facturación y tendría que cumplir el reglamento, cosa que una hoja de Excel casera no hace. La AEAT añade que puede comprobar las capacidades de esas herramientas.
¿Qué significa esto para ti? Que una plantilla de Word «tonta» puede seguir siendo legal, pero es una zona gris en cuanto le añades fórmulas que te calculan los libros. Si facturas con Excel y además usas ese mismo archivo para preparar el modelo 303 o el 130, piénsatelo. Hay programas de facturación gratis para autónomos que te quitan el problema de raíz.
Sanciones: lo que te juegas
Las sanciones están en el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria. La más relevante para un autónomo es la de tener o usar un sistema que no cumple: multa fija de 50.000 euros por cada ejercicio. Según las preguntas frecuentes de la AEAT, se aplica por tener sistemas que no estén debidamente certificados cuando sea exigible o cuyos componentes certificados se hayan alterado.
Para los fabricantes y vendedores de software que no cumplen, la multa es de 150.000 euros por ejercicio, y de 1.000 euros por cada sistema vendido sin certificar. Por eso los proveedores serios ya se han adaptado: el riesgo para ellos es enorme.
Que la multa a usuarios sea tan alta no significa que Hacienda vaya a ir a por el autónomo despistado el primer día, pero tampoco tiene sentido arriesgarse cuando hay opciones gratuitas que cumplen.
Cómo elegir programa de facturación con Verifactu
Cualquier programa que elijas debe cumplir el reglamento, así que la diferencia está en el precio, la comodidad y lo que hace además de facturar. Estos son los criterios que de verdad importan:
- Declaración responsable visible. Si el proveedor no la tiene o no te la enseña, descártalo.
- Modalidad VERI*FACTU disponible y fácil de activar.
- Preparado para factura electrónica. Como Hacienda quiere juntar las dos obligaciones, conviene que el programa pueda emitir y recibir facturas en formatos estructurados. Lo explicamos en nuestra guía sobre la factura electrónica obligatoria entre empresas.
- Precio según volumen. Para menos de 10 o 15 facturas al mes, muchos planes básicos o gratuitos bastan.
- Exportación de datos. Que puedas descargar tus facturas y registros si un día cambias de proveedor.
- Libros registro y modelos. Si llevas tú los impuestos, que genere los libros de IVA e IRPF y te ayude con el 303 y el 130.
Tienes una comparativa con precios oficiales en nuestra guía de mejores programas de facturación con Verifactu.
La aplicación gratuita de la Agencia Tributaria
Si facturas poco, hay una opción oficial y sin coste: la aplicación gratuita de facturación de la AEAT, disponible desde octubre de 2025. Está pensada, según la propia Agencia, para autónomos, profesionales y empresas con un volumen reducido de facturas, y envía los registros directamente a Hacienda cumpliendo Verifactu.
Lo bueno: es gratis, oficial y cumple por definición. Lo menos bueno: es una herramienta básica, sin presupuestos, recordatorios de cobro, control de gastos ni integración con tu banco. Si tienes tres o cuatro clientes fijos al mes, puede ser suficiente. Si tienes muchos clientes o quieres automatizar el trabajo administrativo, te compensa un programa comercial.
Verifactu y factura electrónica no son lo mismo
Mucha gente las confunde, y con razón, porque Hacienda quiere ponerlas en marcha a la vez. Pero son obligaciones distintas:
- Verifactu regula el programa con el que emites las facturas: que no se puedan manipular y que generen registros para Hacienda. Afecta también a las facturas que haces a particulares.
- La factura electrónica obligatoria regula el formato y el envío de las facturas entre empresas y autónomos: tendrán que ser archivos estructurados (no un PDF) que se intercambian por plataformas, y además habrá que informar de cuándo se pagan.
Si solo facturas a consumidores finales, la factura electrónica entre empresas no te afecta, pero Verifactu sí si usas un programa. Si facturas a empresas, te tocarán las dos.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que darme de alta en algún registro para Verifactu?
No. No hay que presentar ningún modelo ni inscribirse. Basta con usar un programa adaptado. Si eliges la modalidad VERI*FACTU, el programa se encarga de enviar los registros a la Agencia Tributaria.
¿Cuándo tengo que estar adaptado como autónomo?
Según el BOE vigente, antes del 1 de julio de 2027. Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 que quiere retrasarlo a octubre de 2028, pero a fecha de esta actualización ese cambio aún no se ha publicado en el BOE.
Si hago las facturas a mano en un talonario, ¿me afecta?
No, siempre que todas tus facturas sean manuales y no uses ningún sistema informático para emitirlas. En cuanto uses un programa para alguna, esa parte entra en el reglamento.
¿Puedo seguir usando mi plantilla de Excel?
Si solo la usas para escribir e imprimir la factura, la AEAT no la considera sistema de facturación. Si la hoja calcula libros registro u otros resultados a partir de las facturas, sí lo es y no cumpliría. Para evitar dudas, lo más sencillo es pasarte a un programa adaptado o a la app gratuita de la AEAT.
¿Mi gestoría me cubre si factura ella por mí?
Puede emitir las facturas en tu nombre, pero el programa que use tiene que estar adaptado. Pregúntale qué software usa y si tiene declaración responsable. Si buscas una, en nuestra comparativa de gestorías online para autónomos tienes precios y servicios.
¿Afecta Verifactu a los autónomos del País Vasco o Navarra?
No, si tienen allí su domicilio fiscal. Tributan con normativa foral y tienen sus propios sistemas, como TicketBAI en el País Vasco.
Las fechas de Verifactu han cambiado varias veces y probablemente vuelvan a cambiar, así que antes de tomar una decisión importante confirma tu caso concreto con tu gestor o asesor fiscal.


