Actualizado: octubre de 2026
La cuota de autónomos 2026 va desde 205,88 € al mes en el tramo más bajo hasta algo más de 1.600 € si eliges la base máxima. Dónde caes tú depende de tus rendimientos netos: lo que ingresas por tu actividad menos los gastos deducibles, con una rebaja extra del 7 %. Aquí tienes la tabla oficial, la cuenta hecha paso a paso y lo que pasa cuando Hacienda le chiva tus datos reales a la Seguridad Social.
Las cifras salen de la Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo (BOE del 31 de marzo) y cuadran con las de la página de cotización de autónomos de la Seguridad Social. La orden llegó tarde por los Presupuestos prorrogados. Da igual: las tablas se aplican desde el 1 de enero de 2026.
Cómo funciona el sistema de cotización por ingresos reales
Antes de 2023 cada autónomo elegía su base casi a su gusto, y casi todos se quedaban en la mínima. Ya no. Ahora haces una previsión de lo que vas a ganar, eso te coloca en un tramo y, dentro de él, eliges una base entre la mínima y la máxima. Tu cuota es un porcentaje fijo de esa base.
Esa base es provisional. Cuando presentas la renta, la Agencia Tributaria pasa tus rendimientos de verdad a la Seguridad Social y esta revisa si cotizaste lo que te tocaba. ¿Te quedaste corto? Pagas la diferencia. ¿Te pasaste del máximo de tu tramo real? Te devuelven. Eso es la regularización, y más abajo está con números.
Hay dos tablas: la reducida, para quien gana menos de 1.166,70 € netos al mes, y la general para el resto. Quince tramos en total.
Tabla de tramos de la cuota de autónomos 2026
Las bases están copiadas tal cual del artículo 18 de la orden. La última columna es la cuota mensual mínima: el 31,50 % de la base mínima de cada tramo (de dónde sale ese porcentaje, justo después).
| Tramo | Rendimientos netos (€/mes) | Base mínima (€/mes) | Base máxima (€/mes) | Cuota mínima (€/mes) |
|---|---|---|---|---|
| Reducida 1 | Hasta 670 | 653,59 | 718,94 | 205,88 |
| Reducida 2 | Más de 670 y hasta 900 | 718,95 | 900,00 | 226,47 |
| Reducida 3 | Más de 900 y menos de 1.166,70 | 849,67 | 1.166,70 | 267,65 |
| General 1 | De 1.166,70 a 1.300 | 950,98 | 1.300,00 | 299,56 |
| General 2 | Más de 1.300 y hasta 1.500 | 960,78 | 1.500,00 | 302,65 |
| General 3 | Más de 1.500 y hasta 1.700 | 960,78 | 1.700,00 | 302,65 |
| General 4 | Más de 1.700 y hasta 1.850 | 1.143,79 | 1.850,00 | 360,29 |
| General 5 | Más de 1.850 y hasta 2.030 | 1.209,15 | 2.030,00 | 380,88 |
| General 6 | Más de 2.030 y hasta 2.330 | 1.274,51 | 2.330,00 | 401,47 |
| General 7 | Más de 2.330 y hasta 2.760 | 1.356,21 | 2.760,00 | 427,21 |
| General 8 | Más de 2.760 y hasta 3.190 | 1.437,91 | 3.190,00 | 452,94 |
| General 9 | Más de 3.190 y hasta 3.620 | 1.519,61 | 3.620,00 | 478,68 |
| General 10 | Más de 3.620 y hasta 4.050 | 1.601,31 | 4.050,00 | 504,41 |
| General 11 | Más de 4.050 y hasta 6.000 | 1.732,03 | 5.101,20 | 545,59 |
| General 12 | Más de 6.000 | 1.928,10 | 5.101,20 | 607,35 |
¿Te suena de algo? Normal: las bases mínimas son las mismas que en 2025. Solo cambian dos cosas. La base máxima absoluta sube a 5.101,20 € y el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) sube una décima.
Fíjate también en una rareza: los tramos 2 y 3 de la tabla general tienen la misma base mínima. Ganes 1.350 € o 1.690 € netos, la cuota mínima es idéntica, 302,65 €.
De dónde sale el 31,50 %
La cuota no es un solo concepto. Es la suma de varios, y con la cobertura completa (la habitual) se reparte así:
- Contingencias comunes: 28,30 %.
- Contingencias profesionales (accidente de trabajo y enfermedad profesional): 1,30 %.
- Cese de actividad (el «paro» del autónomo): 0,90 %.
- Formación profesional: 0,10 %.
- Mecanismo de Equidad Intergeneracional: 0,90 %.
Total: 31,50 % sobre tu base. Con la base mínima del primer tramo (653,59 €) salen los 205,88 € al mes. Si estás en pluriactividad y ya tienes la baja cubierta por otro lado hay reducciones, pero eso es otra película.
Cuánto se lleva la cuota de lo que ganas
La tabla dice cuánto pagas en euros, pero no qué parte de tu dinero es. Hemos hecho la cuenta con la cuota mínima de cada tramo y el resultado sorprende a más de uno:
| Si tus rendimientos netos son de… | Tramo | Cuota mínima | Parte de lo que ganas |
|---|---|---|---|
| 670 €/mes | Reducida 1 | 205,88 € | 30,7 % |
| 900 €/mes | Reducida 2 | 226,47 € | 25,2 % |
| 1.150 €/mes | Reducida 3 | 267,65 € | 23,3 % |
| 1.500 €/mes | General 2 | 302,65 € | 20,2 % |
| 2.000 €/mes | General 5 | 380,88 € | 19,0 % |
| 3.000 €/mes | General 8 | 452,94 € | 15,1 % |
| 4.000 €/mes | General 10 | 504,41 € | 12,6 % |
| 6.000 €/mes | General 11 | 545,59 € | 9,1 % |
En euros, quien más gana paga más. En proporción es justo al revés: quien gana 670 € se deja casi un tercio y quien gana 6.000 €, menos de una décima parte. El porcentaje está calculado sobre el rendimiento ya rebajado con el 7 % (el que se usa para buscar el tramo), y aún falta el IRPF.
¿Qué hacer con esto? Si estás en los tramos bajos, cada euro de gasto deducible que no apuntas te cuesta doble: en la renta y, a veces, en el tramo. Llevar bien los gastos deducibles es de lo más rentable que puedes hacer al empezar.
Cómo calcular tus rendimientos netos
Aquí tropieza mucha gente. El tramo no va por lo que facturas, sino por tus rendimientos netos computables, que siguen las normas del IRPF más una regla propia de la Seguridad Social (está en el artículo 308 de la Ley General de la Seguridad Social).
En estimación directa son tres pasos:
- Ingresos menos gastos deducibles del año. Es tu rendimiento neto para el IRPF.
- Súmale las cuotas de autónomo que hayas restado como gasto. La ley habla del neto «incrementado en el importe de las cuotas de la Seguridad Social». Traducido: tu propia cuota no te ayuda a bajar de tramo.
- Réstale un 7 % por gastos genéricos. Los autónomos societarios (administrador o socio con control de una sociedad, con al menos 90 días de alta en el año) solo pueden restar un 3 %.
Divide el resultado entre 12, o entre los meses que hayas estado de alta, y busca esa cifra en la tabla. ¿Varias actividades? Se suman. ¿Módulos? Se usa el rendimiento neto previo, no el que queda tras las reducciones finales.
Haz la previsión con la media del año, nunca con el mes bueno. Con un programa de facturación que saque informes de ingresos y gastos, la cuenta son cinco minutos.
Ejemplos de cuota con números
Tres casos. En los tres se da por hecho estimación directa, persona física (deducción del 7 %) y base mínima del tramo, que es lo que elige la mayoría.
Ejemplo 1: diseñadora que factura 2.500 € al mes
Tiene 600 € de gastos al mes (software, coworking, equipo), sin contar la cuota. Rendimiento neto: 1.900 €. Con el 7 % menos: 1.900 × 0,93 = 1.767 € al mes.
Tramo 4 de la tabla general. Base mínima de 1.143,79 € y cuota de 360,29 € al mes, unos 4.323 € al año.
Ejemplo 2: autónomo que empieza y gana poco
Factura 1.200 € y gasta 300 €. Le quedan 900 €, que con la deducción del 7 % se quedan en 837 €. Tramo 2 de la tabla reducida: base mínima de 718,95 € y 226,47 € al mes.
Ahora bien, si acaba de darse de alta por primera vez, lo normal es que esté con la tarifa plana y la tabla no le afecte igual. Eso está en la guía de tarifa plana de autónomos.
Ejemplo 3: consultor con 5.000 € netos al mes
Con el 7 % menos se queda en 4.650 €: tramo 11. Cuota mínima de 545,59 € al mes. Si se fuera a la base máxima de su tramo (5.101,20 €) pagaría 1.606,88 € al mes. Eso solo tiene sentido si busca una pensión o unas prestaciones más altas y lo ha pensado con calma.
Qué revisar antes del 31 de octubre
Octubre es buen mes para mirar esto. Ya tienes nueve meses de datos y, si cambias la base antes del 31, el cambio entra en noviembre. Si esperas a noviembre, no se aplica hasta enero de 2027.
Volvamos a la diseñadora del ejemplo 1. Declaró a principios de año una previsión de 1.767 € al mes, tramo 4. Pero este año le va mejor: de enero a septiembre ha facturado 24.300 € y ha tenido 5.400 € de gastos (sin la cuota). La cuenta queda así:
- Rendimiento de los nueve meses: 24.300 − 5.400 = 18.900 €.
- Media mensual: 18.900 ÷ 9 = 2.100 €.
- Con el 7 % menos: 2.100 × 0,93 = 1.953 €.
Si el último trimestre sigue igual, ha subido al tramo 5. Cuota mínima de 380,88 € frente a los 360,29 € que paga: 20,59 € más al mes, 247,08 € en el año completo. No es un drama, pero llega de golpe con la regularización, cuando ya ni te acuerdas.
Cambiar ahora no borra la diferencia de los meses que ya han pasado, pero deja de hacerla crecer. Y si los números te dicen que vas peor de lo previsto, igual: cuanto antes ajustes, menos dinero adelantas.
Base mínima o más alta: qué te conviene
La mínima es lo más barato hoy. El problema es que las prestaciones se calculan sobre la base por la que cotizas: la baja por enfermedad, el permiso por nacimiento, el cese de actividad y la pensión salen de ahí.
Para quién tiene sentido cada opción. Si tus ingresos suben y bajan o estás empezando, quédate en la mínima de tu tramo y dedica la diferencia a un colchón o a un seguro de baja laboral privado. Si llevas años estable y pasas de los 50, echa números con un asesor antes de seguir en la mínima, porque la pensión mira tus últimos años cotizados.
Cómo cambiar de base de cotización
Se hace en Import@ss, en «Base de cotización y rendimientos», con hasta seis cambios al año. La fecha en que se aplica depende de cuándo lo pidas:
| Si lo solicitas entre | La nueva base se aplica desde |
|---|---|
| 1 de enero y 28/29 de febrero | 1 de marzo |
| 1 de marzo y 30 de abril | 1 de mayo |
| 1 de mayo y 30 de junio | 1 de julio |
| 1 de julio y 31 de agosto | 1 de septiembre |
| 1 de septiembre y 31 de octubre | 1 de noviembre |
| 1 de noviembre y 31 de diciembre | 1 de enero del año siguiente |
Antes de tocar nada, prueba el simulador público de cuota de la Seguridad Social. Metes ingresos y gastos previstos y te dice el tramo sin compromiso.
La regularización: cuándo pagas de más o te devuelven
Con la renta presentada, Hacienda manda tus rendimientos a la Tesorería General de la Seguridad Social, que hace la regularización por su cuenta y te avisa. Caben tres resultados.
Tu base estaba dentro del tramo real. No pasa nada, aunque no acertaras el tramo exacto. Si la base que elegiste cae entre la mínima y la máxima del tramo que te tocaba, no hay regularización.
Cotizaste por debajo de la mínima de tu tramo real. Toca pagar. Elegiste el tramo 1 general (299,56 € al mes) y al final tus rendimientos salieron en 1.767 € al mes, tramo 4, con una cuota mínima de 360,29 €. Son 60,73 € por mes, 728,76 € en un año. Tienes hasta el último día del mes siguiente a la notificación para pagarlo sin recargos.
Cotizaste por encima de la máxima de tu tramo real. Te devuelven. Cotizaste en el tramo 4 (360,29 €) y acabaste ganando 800 € netos al mes. Tu tramo real era el 2 de la reducida, con base máxima de 900 € (cuota de 283,50 €). Te devuelven 76,79 € por mes, 921,48 € al año, antes del 30 de abril del año siguiente a aquel en que Hacienda comunica los datos.
Y una advertencia seria: si no presentas la renta, o la presentas sin declarar ingresos estando en estimación directa, tu base definitiva pasa a ser la mínima del grupo 7 del Régimen General, 1.424,40 € en 2026. Mucho más que la de los primeros tramos. No declarar sale caro.
Autónomos societarios: un caso aparte
Si administras tu sociedad o eres socio con control, hay letra pequeña. Restas un 3 % por gastos genéricos en vez de un 7 %, y no puedes bajar de la base mínima del grupo 7 del Régimen General, que la orden de 2026 fija en 1.424,40 € al mes.
La orden también permite a este colectivo mantener en 2026 la base provisional que tenía en 2025. Hay matices según el caso, así que aquí sí compensa que lo revise una gestoría para autónomos antes de cambiar nada.
Qué se sabe de la cuota de autónomos de 2027
En octubre de 2026 no hay tabla oficial de 2027 en el BOE. Las tablas se fijan por ley y, con los Presupuestos prorrogados, lo previsible es que vuelvan a llegar con una norma aparte.
Lo único seguro es la subida del MEI. La disposición transitoria cuadragésima tercera de la Ley General de la Seguridad Social lo sube en 2027 del 0,90 % al 1 %. Si no cambiara nada más, en el tramo más bajo sería menos de un euro al mes.
En octubre de 2025 el Gobierno presentó una propuesta de cuotas nuevas que no salió adelante tal cual, y en 2026 las bases mínimas se quedaron como en 2025. Así que cualquier cifra de 2027 que leas antes de que salga en el BOE es una propuesta, no una cuota. Cuando haya norma publicada, esta guía se actualiza.
Errores típicos que te pueden costar dinero
- Calcular el tramo con la facturación y no con el rendimiento neto. Acabas en un tramo más alto del que te toca.
- Restar tu propia cuota como gasto al calcular el tramo. La Seguridad Social la vuelve a sumar.
- Olvidar el 7 %, que muchas veces te baja un tramo.
- No tocar la base cuando el año va mucho mejor de lo previsto. La diferencia llega igual, un año después y de golpe.
- Contar con que te devolverán si te pasas. Solo devuelven lo que supere la base máxima de tu tramo real, no lo que supere la mínima.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la cuota mínima de autónomos en 2026?
205,88 € al mes, la del tramo 1 de la tabla reducida (base de 653,59 €) para rendimientos netos de hasta 670 € al mes. Si te das de alta por primera vez, la tarifa plana te deja pagar menos durante un tiempo.
¿Ha subido la cuota de autónomos en 2026 respecto a 2025?
Casi nada. Las bases mínimas de los 15 tramos no se han movido. Sube la base máxima (hasta 5.101,20 €) y el MEI pasa del 0,80 % al 0,90 %, así que la cuota de autónomos 2026 sube entre unos céntimos y pocos euros al mes, según tu base.
¿Qué pasa si me equivoco de tramo?
Nada grave si atiendes la regularización. Si cotizaste de menos, pagas la diferencia. Si cotizaste por encima de la base máxima de tu tramo real, te devuelven el exceso. Mejor ajustar la base durante el año y ahorrarte el susto.
¿Cada cuánto puedo cambiar mi base de cotización?
Hasta seis veces al año, en Import@ss. El cambio se aplica el día 1 del mes siguiente al bimestre en que lo pides: marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre o enero.
¿Se tiene en cuenta lo que gano como asalariado?
Para el tramo solo cuenta lo que ganas como autónomo, no tu nómina. Eso sí, si estás en pluriactividad y entre las dos cotizaciones por contingencias comunes superas 17.323,68 € en 2026, puedes pedir que te devuelvan el 50 % del exceso, con los límites de la orden.
¿Dónde consulto mi base y mi tramo actuales?
En Import@ss, entrando con Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico. Ves la base por la que cotizas, los rendimientos que declaraste y puedes pedir el cambio desde ahí.
Todo lo de esta guía sale de la normativa vigente en octubre de 2026, pero cada caso tiene sus matices (societarios, pluriactividad, varias actividades). Antes de cambiar de base, o si te llega una regularización que no entiendes, confírmalo con tu gestor o asesor.


